lunes, 5 de febrero de 2018

Reivindicacion de Plena Inclusion

Plena inclusión reivindico el 1 de Febrero que se incorpore a la definición  de accesibilidad universal de la legislación del Real Decreto Legislativo 1/2013 del 29 de Noviembre, un apartado específico desarrollado en la accesibilidad cognitiva y su correspondiente normativa, teniendo en cuenta que el apartado es el Texto Refundido de la Ley general de Derechos de las Personas con Diversidad Funcional y su inclusión social.
Ya que como subrayaron “es el único modo de asegurar que las administraciones públicas, instituciones y empresas puedan seguir avanzando para garantizar el acceso de todos los ciudadanos a su información, productos y servicios, además de favorecer la investigación en este ámbito y lograr criterios comunes a la hora de realizar y aplicar este tipo de accesibilidad.
Ya que este colectivo sufre doble discriminación, por un lado se encuentran con la brecha tecnológica lo que les separa  de los sistemas de información por falta de comprensión y por el otro tiene también dificultad para entender su entorno y en ocasiones hasta su propia lengua.
Por ello la accesibilidad cognitiva es un derecho de todas las personas, que les permite acceder a la información y a múltiples entornos, productos y servicios, ya que se trata por tanto de una herramienta fundamental para garantizar la plena ciudadanía de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y otros colectivos que pueden tener dificultades de comprensión, como las personas mayores, las migrantes sin conocimiento de nuestra lengua, etcétera”.

Por ultimo recordó que en 2008 España firmo el convenio con la ONU sobre el derecho de las personas con discapacidad, con la finalidad de adaptar toda la legislación a este colectivo ayudándoles a conseguir una vida independiente y facilitándoles su entorno haciéndolo de fácil compresión y lectura.


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