El 17 de Febrero el consejo de ministros dio luz
verde al Real Decreto Ley que
aprueba los incentivos fiscales que se aplicaran en el programa de preparación de
los deportistas españoles que acudan a los juegos
Olímpicos y Paraolímpicos de Tokio 2020, ya que según el art.27 de la Ley de régimen
fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
23 de Diciembre de 2002, tendrá la consideración de Acontecimiento de excepcional interés público, que dudara del 1 de
enero de 2017 al 31 de diciembre del 2020.
Así lo expresa la disposición final primera de un
Real Decreto Ley que modifico la Ley Orgánica de protección de la salud del
deportista y la lucha contra el dopaje según la disposición del vigente código mundial
antidopaje.
Así en la rueda de prensa Iñigo Méndez de Vigo, portavoz del gobierno, indicó que “esta decisión es muy importante para ir
recabando la ayuda de empresas privadas, que contribuyan a que los deportistas
olímpicos y paralímpicos españoles se preparen mejor con vistas a Tokio 2020”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario