Este nuevo video de Ángela Alba
Fabre trata sobre la definición de
Subnormal y minusválido que esta aportada por el Real Decreto 1723/1981, de 24 de julio, el cual aparece en el BOE y da a entender que una persona
con diversidad funcional es subnormal.
Por lo que después de rellenar numerosos formularios consiguió hacerles llegar la siguiente
queja “gran parte de la sociedad que
pertenece al colectivo con diversidad funcional no se sienten contentos ni identificados
con esta definición un tanto peyorativa, subnormal y minusválido, teniendo en
cuenta que se está luchando por la inclusión, se apuesta por la educación y la inserción
laboral inclusiva.
Además se está dando a estas
personas prestaciones económicas para el desarrollo de estos ciudadanos, por lo
que también es importante el buen uso del vocabulario y sus expresiones para
lograr un cambio de visión en la sociedad hacia este colectivo de personas, que
mayoritariamente no le gusta sentirse calificados de una forma que les
infravalora por los prefijos sub o minus, los cuales dan a entender al receptor
que se trata de algo inferior, de alguien menor que va por debajo de.
Según la RAE (Real Academia
Española) subnormal es una palabra totalmente valida según su definición al
igual que minusválido, pero a muchas personas que conviven con alguna
diversidad funcional les gustaría poder leer un término que no desfavorece su
persona, su dignidad y su valía.
Por ello me pongo en contacto de
forma cordial para poder trasmitir lo que muchas personas les gustarían manifestar
y no sabe cómo, ya que a algunos nos impacta ver en el BOE (Boletín Oficial del
Estado), condición de subnormal y minusválido.
Creo que estas expresiones
pueden ser correctas según el diccionario pero no para la sociedad, actual que
lucha por sus derechos, muchas gracias por su atención”.
Y al día siguiente la
contestaron “en relación a las
aclaraciones que nos indica le informamos que el termino subnormal se encuentra
eliminado del vocabulario jurídico para referirse a las personas con minusvalía.
En este sentido el Real Decreto
1723/1981 del 24 de julio sobre el reconocimiento, declaración y calificación de
las condiciones de subnormal y minusválido está completamente derogado.
Quedando muy agradecidos por su
acertada aclaración y reciba un cordial saludo”.
Por ello dan a entender que el
BOE no tiene un valor jurídico como tal sino que es simple información para
el ciudadano, lo que de forma recíproca no se entiende ya que si en su boletín si
aparece reflejado que una persona con diversidad funciona es tomada por subnormal
y minusválida, tiene sentido entender que de manera jurídica se pensara lo
mismo y de hecho así es desgraciadamente para la parte de la sociedad que no
abre la mente a todo lo positivo que rodea la diversidad funcional lo cual en
absoluto significa ser subnormal.
Por ello se invita a que entre todos hagamos un cambio social en la mentalidad,
pero especialmente en la que viene desde arriba, porque por abajo ya que está
trabajando para ello y aunque queda mucho por recorrer desde luego que hay
cosas que ya han cambiando lo que hace pensar que hay esperanza por conseguir una sociedad inclusiva para todos los
ciudadanos.
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